Butlletí mensual | Novembre i Desembre 2024
Legislació
- Orden HAC/1504/2024, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se aprueba el modelo 194; la Orden de 7 de agosto de 2001, por la que se aprueba el modelo 346; la Orden de 4 de octubre de 2001, por la que se aprueba el modelo 192; la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198; la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, por la que aprueba el modelo 182; la Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193; la Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto, por la que se aprueba el modelo 345; la Orden HFP/886/2023, de 26 de julio, por la que se aprueba el modelo 721; la Orden HFP/887/2023, de 26 de julio, por la que se aprueba el modelo 172, y se actualiza el contenido de los anexos I y II de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que aprueba el modelo 289.
- Real Decreto-ley 10/2024, de 23 de diciembre, para el establecimiento de un gravamen temporal energético durante el año 2025.
- Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias.
- Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
- Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2025.
- Orden HAC/1433/2024, de 11 de diciembre, por la que se modifican la Orden HAC/172/2021, de 25 de febrero, por la que se establecen la estructura y el funcionamiento del censo de obligados tributarios por el Impuesto Especial sobre la Electricidad, se aprueba el modelo 560, «Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación», y se determinan la forma y el procedimiento para su presentación y la Orden HAP/2328/2014, de 11 de diciembre, por la que se aprueban los modelos 591 «Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes» y 588 «Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación por cese de actividad de enero a octubre» y se establecen la forma y procedimiento para su presentación.
- Orden HAC/1432/2024, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
- Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2025 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
- DECRET LLEI 10/2024, de 26 de novembre, de mesures urgents en l’àmbit de l’impost sobre el patrimoni.
- Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se regula el procedimiento de compensación de los beneficios fiscales en las cuotas correspondientes al ejercicio 2024 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas, por los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
- Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
- Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
- Corrección de errores de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; y en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre.
Projectes de llei
- Proyecto de Real Decreto, de xxx de xxxx, por el que se aprueba el reglamento del impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud y se modifican el reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programes informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, así como este último. MAIN: https://www.hacienda.gob.es/SGT/NormativaDoctrina/Proyectos/03122024-MAIN-RIC.pdf
- Modificación de la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, así como de los artículos 4 y 6 de dicho reglamento.
- Proyecto de Orden hac/xxx/2024, de xx de diciembre, por la que se aprueba el modelo 573 “Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. autoliquidación” y el modelo A24 “Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Solicitud de devolución por envíos dentro de la Unión Europea”, se determina la forma y el procedimiento para su presentación, y se regula la inscripción en el registro territorial de los contribuyentes del artículo 64 quinquies de la ley de Impuestos Especiales. MAIN: https://www.hacienda.gob.es/SGT/NormativaDoctrina/Proyectos/25112024-MAIN-ABREV-ORDEN-MOD-573-CIGARRILLO-ELECTRONICO-IP-ACCESIBLE.pdf
Jurisprudència
Sentències i Resolucions
- Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia 1610/2024 de 15 Oct. 2024, Rec. 2208/2023.
El IVA superreducido se aplica a todos los tipos de panes sin distinción.
INTERÉS CASACIONAL. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Tipo impositivo. Fabricación de un pan considerado especial según la normativa técnico-sanitaria y alimentaria española. Atendidas las características del pan fabricado por la sociedad interesada y a la vista de la jurisprudencia del TJUE, la no aplicación del tipo superreducido del IVA a un pan considerado especial según la normativa técnico-sanitaria y alimentaria española -por incluir en su elaboración ingredientes añadidos a los exigidos para su calificación como pan común, que sí es gravado con el tipo del 4 por 100-, se opone al principio de neutralidad del IVA, en su faceta de garantía de la libre competencia y a la doctrina de dicho TJUE según la cual la diferencia entre tipos de gravamen debe atender a la perspectiva del consumidor medio sobre los productos.
El Tribunal Supremo estima recurso de casación deducido contra sentencia de la Audiencia Nacional que casa y anula, para estimar en su lugar, el recurso deducido contra la resolución TEAC, estimatoria en parte de las reclamaciones interpuestas frente al acuerdo de la AEAT, por la que se practicó liquidación en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido, de mayo de 2011 a diciembre de 2014, declarando nulos tales actos administrativos de liquidación y revisión, por ser contrarios al ordenamiento jurídico. - Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia 1695/2024 de 29 Oct. 2024, Rec. 2248/2023.
No aportar prueba de un gasto cuya deducción en IS se pretende no califica en todos los casos la conducta del contribuyente como culpable y sancionable. INTERÉS CASACIONAL. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Gastos deducibles. Necesidad de justificación. La falta de prueba sobre determinados extremos que afectan a la deducibilidad fiscal de un gasto no conduce, siempre, a calificar la actuación del contribuyente como culpable, a efectos sancionadores. Si el problema versa sobre la prueba de un hecho, de sus circunstancias, o de subsunción de ese hecho en una norma jurídica, la Administración deberá acreditar, en cada caso, la presencia de culpabilidad en la conducta del obligado tributario -para enervar la presunción de inocencia del art. 24.2 CE- y, además, motivarla. No es factible invocar la causa de exención de responsabilidad sancionadora del artículo 179.2.d) de la LGT cuando la razón determinante del ejercicio de la potestad sancionadora no se funda en la aplicación de una norma jurídica que se deba interpretar en cuanto a su sentido, finalidad, vigencia o aplicabilidad, sino en la falta de prueba de un hecho necesario para la deducibilidad del gasto correspondiente. - Tribunal Económico-Administrativo Central, Resolución de 19 Nov. 2024, Rec. 5279/2023.
Sólo por no atender a un requerimiento de la Inspección debidamente notificado, el obligado tributario ya está dilatando, entorpeciendo o impidiendo las actuaciones inspectores.I
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS. Actuaciones sancionables. Resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria. Sólo por no atender a un requerimiento de la Inspección debidamente notificado, el obligado ya está dilatando, entorpeciendo o impidiendo las actuaciones inspectoras, con lo que si en su conducta concurre “culpabilidad”, el elemento subjetivo del art. 183.1 de la LGT, la misma será constitutiva de una infracción del art. 203.1.b) de dicha Ley, y ello sin necesidad de que haya que acreditar de qué específico modo o manera la desatención de tal requerimiento, ha dilatado, entorpecido o impedido las actuaciones inspectoras. UNIFICA CRITERIO. - Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia 1814/2024 de 13 Nov. 2024, Rec. 2305/2023.
Momento en que debe determinarse la realización de las funciones retribuidas del donatario para poder aplicar los beneficios fiscales en Donaciones destinados a la empresa familiar.
INTERÉS CASACIONAL. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. Donación de empresa familiar. Procedencia de la aplicación de la reducción prevista en el artículo 20.6 LISD. Se examina, en qué momento ha de verificarse el cumplimiento del requisito contemplado en el artículo 4 LIP, (ejercicio de funciones de dirección de la entidad cuyas participaciones se transmiten percibiendo una remuneración que represente más del 50% de la totalidad de sus rendimientos empresariales, profesiones y de trabajo). Se resuelve que con ocasión de la donación de participaciones en el capital de una entidad mercantil, el momento en que debe determinarse la realización de las funciones retribuidas del donatario para disfrutar de la reducción en la base imponible y determinar la liquidable, del 95 por 100, prevista en el artículo 20.6 LISD, es el momento en que se produce la donación. En definitiva, se trata, de que esa condición se cumpla en el momento en el que, con la donación de las participaciones, toma cuerpo el reemplazo en la empresa familiar. REITERA DOCTRINA STS 1749/2024, de 31 oct. - Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia 1872/2024 de 25 Nov. 2024, Rec. 1022/2023.
La previsión en IRPF de afectación del vehículo a la actividad económica en favor de los agentes comerciales no es extensible a los agentes de seguros. INTERÉS CASACIONAL. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos de actividades profesionales y empresariales. Deducción de gastos de vehículos. No es de aplicación a los agentes de seguros el artículo 22.4, letra d), del RIRF, que establece la presunción de afectación a la actividad económica de los vehículos utilizados por los agentes comerciales en sus desplazamientos. A los efectos fiscales específicos examinados, los agentes de seguros NO son una subespecie de la categoría más amplia de los agentes comerciales. Posibilidad de acreditar mediante la pertinente prueba, a los efectos del art. 29.1 LIRPF, la afectación del vehículo propio al desarrollo de la actividad económica.
ICAC
- No hi ha novetats publicades en aquest període
Direcció General de Seguretat Jurídica i Fe pública
- DGSJFP, R, 25 Jun. 2024
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Cese y nombramiento de administrador. Se suspende la inscripción de los acuerdos. Defectuosa celebración de la junta general en la que se adoptaron. No es admisible en sede de sociedades limitadas la celebración de la junta en segunda convocatoria. Además, habiéndose incluido entre los puntos del orden del día la aprobación de una fusión, no se respetó el plazo mínimo de 1 mes legal y estatutariamente previsto entre la convocatoria y la celebración. - DGSJFP, R, 26 Jun. 2024
REGISTRO MERCANTIL. Suspensión de la inscripción de cláusula de escritura de apoderamiento en cuyo otorgamiento la sociedad poderdante está representada por persona que actúa mediante un poder conferido en su favor en una escritura anterior. Cláusula en la que se atribuye al apoderado la misma facultad de otorgar poderes que se atribuyó al poderdante en la inicial escritura de poder. En lo que respecta al apoderamiento en el ámbito mercantil debe estarse a las reglas que para la comisión mercantil se contienen en el CCom., entre las cuales se incluye la prohibición contenida en el art. 261 de delegar sin previo consentimiento del comitente los encargos recibidos. - DGSJFP, R, 9 Jul. 2024
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Denegación del depósito de cuentas anuales. No puede accederse al depósito de las cuentas anuales de una sociedad si no vienen acompañadas del oportuno informe de verificación. Esta solución legal no se ve alterada por el hecho de que el expediente de designación de auditor resultó cerrado por falta de aceptación de los sucesivamente designados. Para poder depositar las cuentas de la sociedad será necesario que las mismas se auditen por el auditor que designe la registradora, previa reapertura del expediente, o que el socio minoritario que instó la designación de auditor desista o renuncie a su derecho, lo cual deberá ser efectuado en la forma prevista en la legislación.
Consultes de la Direcció General de Tributs
- Consulta Vinculante V1828-24, de 1 de agosto de 2024, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Base imponible. Perdidas patrimoniales. Estafa con criptomonedas. El importe dinerario objeto del engaño o estafa sufrido por el interesado —entendiendo que se desconoce la identidad de su autor, lo que impide determinar la existencia de un derecho de crédito en favor del interesado contra aquel— constituirá una pérdida patrimonial, ya que responde al concepto que de estas variaciones recoge el apartado 1 del art. 33 LIRPF. Al no proceder de una transmisión de elementos patrimoniales conlleva su consideración como renta general, por lo que su integración se realizará en la base imponible general.impagos. La pérdida patrimonial derivada de una estafa con criptomonedas será pérdida patrimonial en IRPF siempre que se pueda justificar. - Consulta Vinculante V1352-24, de 7 de junio de 2024, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Dirección General de Tributos.IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Exención por reinversión en vivienda habitual. La consultante ha residido en una vivienda de su propiedad desde marzo de 2014 hasta marzo de 2023 ya que, por circunstancias personales ha tenido que trasladarse a otra vivienda. Señala que desde abril de 2023 esta vivienda ha estado alquilada hasta mayo de 2024, fecha en la que formaliza su venta con la intención de reinvertir el importe obtenido en la transmisión anterior. En el supuesto, la consultante deja de residir en la vivienda transmitida en marzo de 2023 y, por lo tanto, en el momento de la transmisión, mayo de 2024, la referida vivienda tendría la consideración de habitual a efectos de la exención, habida cuenta de que constituyó su vivienda habitual dentro del plazo de los dos años anteriores a la transmisión. Por último y en relación con el plazo de reinversión, para que la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión de la vivienda habitual resulte exenta es necesario reinvertir el importe obtenido en la adquisición o rehabilitación de una nueva vivienda habitual; debiendo efectuarse la reinversión en el plazo de los dos años anteriores o posteriores a contar desde la fecha de enajenación.
- Consulta Vinculante V2118-24, de 1 de octubre de 2024 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Jurídicas. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. La entidad consultante es una empresa de hostelería que ejerce su actividad en varios locales, unos en propiedad y otros alquilados.
En 2017 alquiló un local que anteriormente era una tienda de comercio menor y, en consecuencia, tuvo que hacer una gran inversión para transformarlo en cafetería (tanto obras de albañilería, electricidad, ignifugación, acústica, persianas, puerta como de mobiliario, maquinaria, etc.).
Desde el momento de su apertura, comenzó la amortización de dicho inmovilizado según tablas de Hacienda (para mobiliario, maquinaria…) y la obra se amortiza en 20 años, que coincide con el plazo inicial del alquiler firmado.
La explotación de dicho local ha sido negativa, por lo que, en agosto 2019, se ha procedido a la rescisión del contrato de alquiler. Al respecto, parte del inmovilizado (mobiliario, maquinaria…) se ha reubicado en los otros locales de la empresa, por lo que se seguirá amortizando en los próximos años. En cuanto a lo que fue obra de acondicionamiento del local, que lógicamente queda incorporado al mismo, supone una pérdida de unos 108.000 €.
Las obras de acondicionamiento de un local alquilado ¿dejarán de amortizarse cuando se rescinda el contrato de arrendamiento?
CUESTIÓN: Si pueden seguir amortizando la obra hasta que se cumplan los 20 años del alquiler (en 2037) con el objeto de no caer en pérdidas en 2019 o si, por el contrario, debemos darlo de baja en su totalidad en 2019 con la consiguiente pérdida extraordinaria y, por tanto, la compensación de bases imponibles negativas en los próximos años.
En la medida que se produce la rescisión del contrato de arrendamiento (2019), la consultante deberá dar de baja el activo consistente en las obras efectuadas, determinando, un beneficio o pérdida que imputará en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se produce la baja.
En el escrito de consulta se manifiesta que la baja del mencionado activo genera una pérdida. De los hechos recogidos en el escrito de consulta parece inferirse que el valor en libros y el valor fiscal del activo coinciden. Por tanto, de acuerdo con lo dispuesto en los 10.3 de la LIS, anteriormente reproducido, la pérdida definitiva reconocida, en su caso, en la cuenta de pérdidas y ganancias, con motivo de la baja del inmovilizado material correspondiente a las obras efectuadas en el local arrendado, se integrará en la base imponible del período impositivo correspondiente al año de su devengo (2019). - Consulta Vinculante V1836-24, de 1 de agosto de 2024 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Dirección General de Tributos.IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Indemnización percibida por la existencia de defectos constructivos en una vivienda. En la medida que la indemnización percibida coincida con el coste de reparación no procederá computar ganancia o pérdida patrimonial alguna; variaciones patrimoniales que sí se producirán cuando no se da esa equivalencia entre indemnización y coste de reparación.
- Consulta Vinculante V2112-24, de 27 de septiembre de 2024 de la Subdirección General de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES. La consultante, residente fiscal en España, ha sido nombrada heredera como consecuencia del fallecimiento de una persona residente en Alemania. El proceso en Alemania para pagar el Impuesto sobre Sucesiones alemán puede tardar más de un año, por lo que incumpliría el plazo establecido en España para la presentación del Impuesto. El organismo competente para la exacción es la Administración Central del Estado. Para evitar la doble imposición internacional, la consultante podrá deducir en España la menor de las dos cantidades siguientes: el importe efectivo de lo satisfecho en Alemania por el Impuesto de Sucesiones de ese país o el resultado de aplicar el tipo medio efectivo del ISD español al valor de los bienes por los que haya tributado en Alemania. Una vez se satisfaga íntegramente la deuda tributaria extranjera por el mencionado impuesto, podrá instarse la rectificación de la autoliquidación inicialmente presentada y la consiguiente devolución de lo ingresado de más. - Consulta Vinculante V1966-24, de 17 de septiembre de 2024 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos de actividades económicas. Subvención por el Kit Digital. En el supuesto, a efectos del IRPF, se está ante una subvención percibida por un titular de una actividad económica. La subvención por KIT DIGITAL percibida, en la medida en que tiene por objeto la financiación de gastos o de inversiones de titulares de actividades económicas tiene en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la calificación de rendimientos de actividades económicas, conforme lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley 35/2006. - Consulta Vinculante V2163-24, de 9 de octubre de 2024 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos del capital inmobiliario. Introducción de una nueva reducción del 90 % sobre el rendimiento neto aplicable cuando se formalice un nuevo contrato de arrendamiento sobre una vivienda situada en una zona de mercado residencial tensionado, en el que la renta inicial se hubiera rebajado en más de un 5 % con respecto a la última renta del anterior contrato de arrendamiento de la misma vivienda, una vez aplicada, en su caso, la cláusula de actualización anual del contrato anterior. Requisitos. Reducción del IRPF aplicable por el cambio de contrato de una vivienda arrendada situada fuera de zona tensionada. Si en el momento en el que se produzca la celebración del contrato, la zona en cuestión no ha sido objeto de tal declaración, no se estarían cumpliendo los requisitos exigidos por la normativa y, por tanto, el interesado no podría aplicarse la citada reducción del 90 %, sin perjuicio de la aplicación de la reducción del 50 %. - Consulta Vinculante V2205-24, de 14 de octubre de 2024 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. La consultante es una persona física que se está planteando realizar entre uno y tres artículos para una página web a cambio de una cierta contraprestación. Exenciones. Estarán sujetos pero exentos del IVA los servicios que preste el interesado, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor, derivados de la realización de artículos para páginas web cuando las mismas tengan la consideración de periódico o revista digital. A estos efectos, la aplicación de la exención por quien tenga la condición de empresario o profesional a efectos del IVA, es independiente de la periodicidad con la que se presten los servicios. Obligaciones formales. Facturación. Aplicación del art. 164.Uno LIVA. - Consulta Vinculante V1646-24, de 5 de julio de 2024 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Exenciones: educación reglada. Cursos de español para ingleses con alojamiento en casas de particulares. La interesada cobraría a los alumnos un importe total por el curso y por su parte pagaría a los particulares por alojar a los alumnos en sus casas. La exención del Impuesto a la enseñanza se aplicará cuando las materias impartidas se encuentren incluidas en algún plan de estudios del sistema educativo de acuerdo con el criterio del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. En relación con los servicios de hospedaje y manutención en casas particulares ofrecidos en nombre propio de la academia a los alumnos de los cursos de español, constituyen prestaciones de servicios independientes de la actividad docente, sin derecho a la exención, aunque en la medida que van a ser adquiridos por la academia y prestados en nombre propio, podría ser de aplicación el régimen especial de las agencias de viajes.
Notes d’hisenda
- Declaracions i autoliquidacions termini de presentació del qual finalitza el gener de 2025. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ca_es/ayuda/calendario-contribuyente/calendario-contribuyente-2025/calendario-anual/enero.html
- Publicada la Instrucció per a la comprovació dels valors dels béns immobles per al 2025.
L’Agència Tributària de Catalunya ha publicat la Instrucció per a la comprovació dels valors dels béns immobles en els impostos sobre transmissions patrimonials i actes jurídics documentats i sobre successions i donacions, que s’ha d’aplicar als fets imposables de l’any 2025. Instrucció de comprovació de valors dels béns immobles per al 2025. Agència Tributària de Catalunya - Noves mesures tributàries.
El Reial Decret llei 9/2024, de 23 de desembre, pel qual s’adopten mesures urgents en matèria econòmica, tributària, de transport, i de Seguretat Social, i es prorroguen determinades mesures per fer front a situacions de vulnerabilitat social, aprova determinades mesures de caràcter tributari. https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Actualidad/Novedades/2024/BOLINFORM_REAL_DECRETO_LEY_9_2024.pdf - Nous impostos i modificació de normes tributàries
En el BOE de 21 de desembre s’ha publicat la Llei 7/2024, de 20 de desembre, per la qual s’estableixen un Impost Complementari per garantir un nivell mínim global d’imposició per als grups multinacionals i els grups nacionals de gran magnitud, un Impost sobre el marge d’interessos i comissions de determinades entitats financeres i un Impost sobre els líquids per a cigarrets electrònics i altres productes relacionats amb el tabac, i es modifiquen altres normes tributàries. https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Actualidad/Novedades/2024/BOLINFORM_Ley72024.pdf - Impost sobre les transaccions financeres.
Es publica la relació de societats espanyoles amb capitalització borsària superior als 1.000 milions d’euros a 1 de desembre de 2024. https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/Declaraciones_informativas/I_Transacciones_Financieras/RELACION_SOCIEDADES_EJER_2025.pdf - Ordre de mòduls per a 2025.
En el BOE de 30 de novembre s’ha publicat l’Ordre HAC/1347/2024, de 28 de novembre, per la qual es desenvolupen per a l’any 2025 el mètode d’estimació objectiva de l’Impost sobre la Renda de les Persones Físiques i el règim especial simplificat de l’impost sobre el valor afegit. https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Actualidad/Novedades/2024/BOLINFORM_orden_modulos_2025.pdf
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Documents o Activitats d’interés
- Indicador CEPYME sobre la situación de la pyme III Tri 2024.
- Competitividad fi scal 2024Un diagnóstico necesario de la tributación en España. Font: Confemetal
Notícies Cecot
- L’Agrupació de Polígons de Cecot i l’Ajuntament de Terrassa sumen esforços per fer front als grans reptes dels polígons industrials
- B. Braun acull les startups participants de la segona edició de la preacceleradora Healthcare Vallès
- El món econòmic i social de Catalunya s’uneix per reclamar una administració menys burocràtica, més professionalitzada i amb una digitalització eficient
- La Cecot i Banc Sabadell renoven la seva col·laboració per impulsar el finançament empresarial
- Més de 200 entitats del món econòmic i social ja s’han adherit a l’acord per a la Reforma de l’administració
- La patronal Cecot incorpora Manel Espinosa com a nou assessor en Dret Mercantil i Societari
Notícies d’altres fonts
- EL PAIS
03/01/2025
España crea 502.000 puestos de trabajo en 2024 y cierra diciembre con la cifra de paro más baja en 17 años. El desempleo cayó en el último mes hasta las 2.560.718 personas y el total de afiliados se situó por encima de los 21,3 millones, el nivel más alto en este periodo. - LA VANGUARDIA
02/01/2025
El Institut Català de Finances tendrá un presupuesto récord de 1.326 millones. Un 45% del total se destinará a impulsar la generación de vivienda social. - CINCO DÍAS
03/01/2025
Alfonso Gómez (BBVA Suiza): “Bitcoin no solo responde a las características del oro, sino que es mucho más preciso”. El director general de la entidad en el país helvético prevé una eclosión de la demanda de criptos en los próximos cinco años. Cree que la criptomoneda pionera ganará terreno como activo de reserva a largo plazo. - EL ECONOMISTA
03/01/2025
España recibe el récord histórico de 88,5 millones de turistas hasta noviembre, según el INE. Los visitantes extranjeros gastan 120.000 millones en el periodo, un 17% más que el año pasado. Las llegadas y el desembolso del sector se reparte más por las diferentes regiones. - EXPANSIÓN
03/01/2025
Las cinco primeras fechas clave en Bolsa de 2025. El nuevo año ha comenzado ya con turbulencias bursátiles, como las sufridas en el día de ayer por China y por los bancos del Ibex. Con vistas a las próximas semanas, los analistas identifican cinco grandes citas a vigilar en los mercados durante el mes de enero.
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