Registro salarial y Auditoría Retributiva
Cumple con las políticas de igualdad
El registro retributivo, obligatorio para todas las empresas independientemente del número de personas trabajadoras, es un documento, no nominativo, que recoge toda la información salarial de la empresa, de forma detallada. Muestra, de forma separada, las retribuciones de mujeres y hombres de la plantilla, y tiene que incluir toda la información sobre las retribuciones, incluyendo personal directivo y altos cargos.
Por otro lado, la Auditoría retributiva demuestra que el sistema retributivo cumple el principio igualdad entre hombres y mujeres y justifica el principio de transparencia retributiva. En este caso, solo las empresas de más de 50 personas trabajadoras tienen que llevarla a cabo.
A través de nuestra Oficina de Igualdad, te ayudamos a elaborar y registrar este documento.
¿A quién va dirigido?
- Socios/as de la Cecot
- Socios/as de Gremios y Colectivos de la Cecot
- No socios
¿Qué tienes que hacer?
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Registro y Auditoría
Elaboramos tu Registro retributivo obligatorio, y la Auditoría retributiva, si la necesitas.
Hacemos seguimiento
Hacemos el seguimiento y la actualización del Registro retributivo y de la Auditoría retributiva, dentro del Pla de Igualdad de la empresa.
Tienes que saberlo
El registro salarial o retributivo es obligatorio para todas las empresas, independientemente de la cantidad de personas trabajadoras que tenga. Por otro lado, la auditoría retributiva así como el Plan de Igualdad es obligatorio solo para empresas con más de 50 personas trabajadoras. Aun así, te recomendamos que si tu empresa tiene menos de 50 trabajadores también disponga de un Plan de Igualdad.
¿Cómo funciona el servicio?
Consultoria
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