Legislació
Ordre ECF/163/2025, de 26 de setembre, per la qual s’aproven els models d’autoliquidació dels tributs sobre el joc gestionats per l’Agència Tributària de Catalunya i es determina la competència per a la seva gestió, recaptació i inspecció.
Projectes de llei
Anteproyecto de ley orgánica de medidas excepcionales de sostenibilidad financiera para las comunidades autónomas de régimen común.
Proyecto de orden por la que se aprueba el modelo 185, declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas, y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden HFP/826/2022, de 30 de agosto, por la que se aprueba el modelo 587 «Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. autoliquidación» y el modelo A23 «Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. solicitud de devolución», se determinan la forma y procedimiento para la presentación de los mismos, y se regulan la inscripción en el registro territorial y la llevanza de la contabilidad de existencias. MAIN
Proyecto de orden por la que se modifican la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y la Orden HAP/2368/2013, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 270, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación. MAIN
Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 21 de diciembre de 2001, por la que se aprueban los modelos 195 y 199; la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, por la que se aprueba el modelo 182; la Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193; la Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 184; la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se aprueba el modelo 282; la Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto, por la que se aprueba el modelo 345 y se actualiza el contenido de los anexos I y II de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que aprueba el modelo 289. MAIN – Anexo
Jurisprudència
SENTÈNCIES I RESOLUCIONS
Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia 976/2025 de 15 Jul. 2025, Rec. 5342/2023.
Deducción en el IVA por suministros de vivienda compartida con el despacho profesional: la distinta apreciación de los hechos por los órganos judiciales debe ser motivada.
PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA. Unos mismos hechos no pueden existir y dejar de existir para los Tribunales de Justicia. Cuando resulta que, en principio, la resolución que un órgano judicial va a dictar puede ser contradictoria con la ya dictada por el mismo órgano judicial o por otro órgano judicial distinto, el que pronuncia la segunda sentencia debe exponer las razones por las cuales, a pesar de las apariencias, tal contradicción no existe a su juicio, o por qué valora la prueba de una forma diferente. Sigue reiterada doctrina del Tribunal Constitucional. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Deducción del IVA soportado. Cambio injustificado de apreciación de hechos en sentencias sucesivas. Procede la deducción de un 50% de las cuotas del IVA soportadas en los suministros de inmuebles usados parcialmente para la actividad económica de la reclamante.
El Tribunal Supremo estima recurso de casación interpuesto contra sentencia del TSJ de Andalucía, con sede en Sevilla, que casa y anula para en su lugar, estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo TEAR relativo a la liquidación provisional girada por la Dependencia Regional de Gestión Tributaria de la AEAT por el IVA de los cuatro trimestres del ejercicio 2015, y contra los acuerdos de imposición de sanción, anulando dichas liquidaciones a efectos de que se permita la deducción del 50% de las cuotas de IVA soportadas por un sujeto pasivo del impuesto por los suministros de agua, la luz o el gas, debiendo la administración proceder a la nueva cuantificación de las sanciones para adecuar su importe a la nueva base determinada en los acuerdos de liquidación.
Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 28 Jul. 2025, Rec. 636/2021.
La AN admite la rectificación de una autoliquidación por IRNR extendiendo la posibilidad de deducción por gastos del artículo 24.6.1a) TRLIRNR a las rentas de un estadounidense.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES. Base imponible. Rendimientos del capital inmobiliario. Deducción de gastos necesarios para la obtención de ingresos derivados del arrendamiento de inmuebles por residentes de la UE. Solicitud de rectificación de autoliquidaciones del IRNR presentadas por una residente en EEUU. Se argumenta acertadamente, que esta limitación a residentes de la UE es contraria al principio de libre circulación de capitales del TFUE, siendo aplicable al caso examinado, la jurisprudencia del TJUE sobre la no discriminación de residentes de terceros estados. La rectificación de las autoliquidaciones será procedente siempre que el contribuyente acredite que los gastos controvertidos están relacionados directamente con los rendimientos obtenidos en España y que tienen un vínculo económico directo e indisociable con la actividad realizada en España de arrendamiento de inmuebles.
La Audiencia Nacional estima el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del TEAC que desestimó la reclamación sobre la rectificación de autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
Tribunal Económico-Administrativo Central, Resolución de 27 Mar. 2025, Rec. 5946/2023
Entidad holding mixta que realiza actividades económicas (gestión y asesoramiento) y no económicas (participación en entidades). Criterio de deducción de cuotas soportadas comunes a ambas actividades.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Deducción de cuotas soportadas. Retribución de los miembros del Consejo de Administración. En el caso, la jurisprudencia del TJUE es clara en cuanto a la limitación de la deducibilidad de las cuotas soportadas, por lo que no cabe estimar la pretensión de la reclamante en cuanto a los criterios alternativos de reparto propuestos, pues se entiende que resulta más correcto el criterio utilizado por el órgano inspector, consistente en atender a la proporción que represente el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios de las operaciones sujetas al Impuesto, respecto del total de ingresos que obtenga la entidad en cada año natural por el conjunto de su actividad. Como bien indica la Administración, el criterio propuesto por la entidad reclamante se basa en magnitudes indirectas que no reflejan la realidad de las operaciones que desarrolla la entidad reclamante. Por tanto, conforme a lo expuesto, se confirma el acto impugnado y se desestiman las alegaciones de la interesada.
El TEAC desestima la reclamación interpuesta contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña sobre la liquidación por el IVA.
ICAC
NIIF ACTUALIZACION COMPLETA A JUNIO 2025.
Direcció General de Seguretat Jurídica i Fe pública
DGSJFP, R, 16 Jul. 2025
REGISTRO MERCANTIL. Levantamiento del cierre de la hoja registral de varias sociedades. Revocación de la negativa del registrador. Presentación de certificaciones en las que se pone de manifiesto que las cuentas anuales no han sido aprobadas por no haber sido formuladas. El cierre del Registro únicamente procede para el caso de incumplimiento de la obligación de depositar las cuentas anuales, y no por el hecho de que no hayan sido aprobadas o porque los administradores no las hayan formulado.
La DGSJFP estima el recurso y revoca la calificación del registrador mercantil por la que se deniega el no cierre de las hojas registrales de varias sociedades solicitado en las certificaciones presentadas sobre la falta de aprobación de las cuentas.
DGSJFP, R, 15 Jul. 2025
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Depósito de cuentas anuales. Se deniega su práctica. Habiéndose solicitado por los socios minoritarios el nombramiento registral de un auditor de cuentas, no puede tenerse por efectuado el depósito si no se presenta el correspondiente informe, siendo además firme la resolución que establece la procedencia de la designación de auditor. Conocimiento por la sociedad de la existencia del expediente de nombramiento de auditor desde mucho antes de que se celebrase la junta general en la que se aprobaron las cuentas, que debe ser reiterada.
La DGSJFP desestima el recurso y revoca la nota de calificación extendida por el registrador mercantil por la que se rechaza el depósito de las cuentas anuales de una sociedad limitada correspondientes al ejercicio 2022.
DGSJFP, R, 9 Jul. 2025
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Administrador solidario. Renuncia al cargo. Se deniega la inscripción de la escritura. No se ha cumplido el requisito de notificación fehaciente al domicilio inscrito de la sociedad. Al haber sido infructuoso el intento de notificación por correo con aviso de recibo (consta devuelto a origen por sobrante), debe acreditarse el intento de notificación presencial conforme al art. 202 del Reglamento Notarial. Además, no se acredita la previa convocatoria por el renunciante (único administrador vigente) de la junta general en la que figure en el orden del día la provisión del cargo. El hecho de que el conocimiento de la renuncia y su remedio se puede dilatar durante un largo período de tiempo con el consiguiente perjuicio para los intereses sociales, justifica la exigencia de que el renunciante, en ejercicio de los deberes que como administrador asumió en su día, convoque a la junta para que provea al respecto evitando la paralización de la vida social y los riesgos para su adecuada marcha que de tal situación puedan derivarse. La DGSJFP desestima el recurso y confirma la nota de calificación de la registradora mercantil por la que se deniega la inscripción de la renuncia al cargo de administrador solidario de una sociedad limitada unipersonal.
Consultes de la Direcció General de Tributs
Consulta Vinculante V0874-25, de 22 de mayo de 2025, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Imputación temporal. De acuerdo con el nuevo sistema de cotización al RETA, a pesar de que de la regularización efectuada en el ejercicio posterior resulten importes diferentes en función de los rendimientos reales obtenidos, las cuantías satisfechas en concepto de cuotas del RETA en el año anterior, de acuerdo con el sistema de cotización aplicable, no pueden estimarse como cantidades incorrectamente satisfechas, ya que corresponden a las exigidas legalmente, al establecerse en la Ley que se efectúe un primer pago en función de los rendimientos estimados, procediéndose en el año siguiente a realizar un pago adicional o una devolución en función de los rendimientos reales. Debiendo tratarse el importe adicional a satisfacer por el contribuyente en el ejercicio siguiente como un mayor gasto deducible por cotizaciones a la Seguridad Social correspondiente a ese ejercicio; y la cantidad a devolver por el contribuyente, como una minoración del gasto del ejercicio por cuotas satisfechas a la Seguridad Social y, en caso de que el importe a devolver superara a las cuotas satisfechas a la Seguridad Social, el importe del exceso de la cantidad a devolver sobre las cuotas satisfechas deberá reflejarse como un mayor rendimiento, siendo dicho tratamiento aplicable tanto en el caso de que el pago de las cuotas del RETA constituya un gasto deducible para la determinación del rendimiento neto de la actividad económica en estimación directa, como en el caso de que se trate de un gasto deducible de los rendimientos del trabajo. La imputación temporal deberá efectuarse al ejercicio en que se efectúe la regularización por la Seguridad Social, por lo que si la regularización de las cuotas del ejercicio 2023 se realizara en el ejercicio 2025, será a este último ejercicio al que habrá que imputar el mayor gasto o la devolución que dicha regularización implique, en los términos referidos en el párrafo anterior.
Consulta Vinculante V0663-25, de 14 de abril de 2025 de la Subdirección General de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos.
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS. Hecho imponible. El pago del precio en la compraventa de la vivienda se realizará con el dinero adquirido en mayor parte por la pareja de la consultante, lo que supone la realización de un negocio jurídico entre la consultante y su pareja que podrá ser calificado de donación si es a título gratuito o de préstamo si tiene carácter oneroso. En virtud del principio de calificación, la Administración tributaria está facultada para efectuar una calificación jurídica del acto o contrato celebrado, a fin de hacerlo tributar en función de su naturaleza jurídica real, sin que, a estos efectos, sea determinante la denominación que las partes hayan dado al acto o contrato en cuestión. La operación de calificación jurídica de los actos o contratos gravados corresponde a la Administración tributaria gestora del tributo. Si la calificación del negocio jurídico es la de préstamo se producirá el hecho imponible constitución de préstamo del artículo 7.1.B) TRLITPAJD, sujeto, pero exento, a la modalidad transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Si, por el contrario, la calificación del negocio jurídico en cuestión es la de donación se producirá el hecho imponible previsto en la letra b) del artículo 3.1. de la LISD, por lo que estará sujeto al Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones.
Consulta Vinculante V0774-25, de 5 de mayo de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Dirección General de Tributos.
Arrendar un local como vivienda habitual y sin finalidad empresarial tributa en IRPF pero está exento de IVA
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Prestaciones de servicios. Arrendamiento de un local como vivienda habitual sin finalidad empresarial. Operación sujeta y exenta si los destinatarios son personas físicas, sin prestar ningún servicio propio de la industria hotelera y limitándose a poner a disposición del arrendatario el local cuyo destino exclusivamente sea el de vivienda. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Base imponible. Los rendimientos correspondientes al alquiler del local se califican como del capital inmobiliario, tal como resulta de lo dispuesto en el artículo 22.1 LIRPF.
Consulta Vinculante V0701-25, de 15 de abril de 2025 de la Subdirección General de Tributos.
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL. Revocación. Escritura de venta de plaza de garaje. En el supuesto, se trata de un otorgamiento de una escritura pública que es ordenado por la autoridad judicial en ejecución de una sentencia firme que, además, produce efectos desfavorables para la sociedad con NIF revocado (parte demandada). Dicha sociedad no pretende en ningún momento otorgar la escritura pública de venta del garaje a favor de la parte demandante, sino que es condenada en sentencia firme a escriturar la venta a favor de ésta. Por ello, en el auto de ejecución de la sentencia, según lo manifestado por el consultante, se dice que es la parte demandante (compradora) la que emite, en nombre de la parte demandada (vendedora), cuyo NIF está revocado, la declaración de voluntad de escriturar la venta de la plaza de garaje en favor de aquella. En consecuencia, en ningún caso la sociedad con NIF revocado es la que pretende otorgar la escritura pública de venta de la plaza de garaje, sino que la misma debe otorgarse en ejecución de una sentencia firme. En la medida en que el otorgamiento de la escritura pública de venta de la entidad con NIF revocado es ordenado por la autoridad judicial en ejecución de una sentencia firme, no resulta aplicable el deber de abstención del notario previsto en la disposición adicional sexta de la LGT en relación con el artículo 23 de la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862.
Consulta Vinculante V0959-25, de 4 de junio de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre el consumo. Dirección General de Tributos.
IVA aplicable a la comercialización de un cromo que contiene un audiolibro al que se accede desde el código QR impreso en su reverso.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Tipos reducidos. Aplicación del 4% del IVA a la comercialización de un cromo que contiene un audiolibro, en cuyo anverso aparece el visual de un personaje histórico y en su reverso un código QR con el contenido del audiolibro con una locución sobre el personaje, y el álbum para guardar las piezas. Consideración de la entrega de los álbumes como prestaciones accesorias a la entrega de los citados audiolibros, cuya tributación seguiría la de la entrega principal.
Consulta Vinculante V1138-25, de 30 de junio de 2025, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. La sociedad consultante tiene previsto adquirir el 39,26 por ciento de una sociedad creada recientemente y de la que dispondrá de forma adicional una participación indirecta, no suponiendo el agregado de ambas el control de la misma (menos del 51 por ciento de la sociedad). Por su parte, inversores particulares, sin relación directa con la sociedad, adquirirán acciones de esa sociedad recientemente creada, con el objeto de aplicarse la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Deducción en IRPF por inversión en empresas de nueva o reciente creación por particulares (personas físicas).
Consulta Vinculante V1111-25, de 26 de junio de 2025, de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Dirección General de Tributos.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Arrendador que cede su derecho de cobro a una empresa a cambio de un pago anticipado aplicando un descuento ¿a quién corresponde imputar las rentas del alquiler? El consultante arrienda una vivienda de su propiedad a una persona física durante tres años. Por otro lado, el arrendador solicita a una empresa que no tiene relación con el inquilino el adelanto de las 36 mensualidades de alquiler aplicando un descuento del quince por ciento como beneficio de la empresa. El contrato de arrendamiento entre el arrendador y el inquilino no se ve alterado por la cesión del derecho de cobro a la empresa. En caso de impago del inquilino la empresa requerirá directamente al mismo por los importes no percibidos.
Notes d’hisenda
Declaracions i autoliquidacions termini de presentació del qual finalitza l’octubre de 2025.
Nous models d’autoliquidació dels tributs sobre el joc gestionats per l’Agència Tributària de Catalunya.
S’ha publicat l’Ordre ECF/163/2025, de 26 de setembre, per la qual s’aproven els models d’autoliquidació dels tributs sobre el joc gestionats per l’Agència Tributària de Catalunya i es determina la competència per a la seva gestió, recaptació i inspecció i inspecció (DOGC núm. 9509, de 30 de setembre).
Impost sobre les emissions de CO2 dels vehicles: consulta la teva quota i quan l’has de pagar.
L’Agència Tributària de Catalunya (ATC) ha publicat la llista definitiva corresponent a l’exercici 2024 de tots els vehicles que tributen per l’impost sobre les emissions de CO2. A partir d’aquest moment s’inicia, també, el període de pagament voluntari, que finalitzarà el 20 de novembre.
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Actualitat
La Cecot presenta les claus de la nova Línia ICO MRR per a PIMES i autònoms
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Reempresa: 14 anys garantint la continuïtat empresarial a Catalunya
Aliances empresarials i fusions: els punts clau a tenir en compte
Notícies
AEAT
18/09/2025
L’Agència Tributària obté 18.928 milions d’euros en tasques de prevenció i lluita contra el frau després de realitzar gairebé 2 milions d’actuacions de control.
LA VANGUARDIA
30/09/2025
Madrid gana peso en el conjunto de la economía en detrimento del resto de comunidades en 2024. Catalunya mantiene su porcentaje pero se distancia ligeramente de la locomotora de España.
PODER JUDICIAL
08/09/2025
El TSJ de Murcia anula una liquidación de Hacienda que se notificó en una dirección incorrecta.
La Sala de lo Contencioso Administrativo estiva que la Administración no desplegó la diligencia exigible antes de acudir a la notificación edictal en el BOE. Destaca que el Servicio Tributario disponía del domicilio correcto de la recurrente, tanto en el padrón como en el propio expediente.
EL ECONOMISTA
01/10/2025
La vivienda en compra se encarece de media a ritmo de 20.000 euros al año.
El precio de la vivienda alcanza un valor medio de 1.886 euros por m2, un 13,8% más. La tendencia al alza se da en todas las comunidades autónomas.
EL PERIODICO
30/09/2025
El verano confirma la tendencia: los ‘brunch’ aumentan un 27% y los tardeos, casi el 40%. La empresa de analítica de datos Delectatech constata el crecimiento moderado de la hostelería este verano, marcado por la contención del gasto, el descenso del turismo nacional y el auge de la vivienda turística.
Calendari impositiu
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